Mensaje pastoral del Obispo Prelado de Moyobamba sobre la Declaración “Fiducia supplicans”
Queridos sacerdotes, vida consagrada y fieles laicos:
¡Gracia y Paz en la Navidad del Señor!
Ante el desconcierto sin precedentes provocado por la Declaración Fiducia supplicans en el clero y muchos fieles de esta Prelatura y de tantos lugares del orbe católico, me he tomado unos días de oración y reflexión para contestar con sosiego y serenidad.
La Declaración permite “la posibilidad de bendecir a las parejas en situaciones irregulares y a las parejas del mismo sexo” (FS, 31) y de modo muy confuso insiste en que tales bendiciones se realizan “sin validar oficialmente su estado ni cambiar de ninguna manera la enseñanza perenne de la Iglesia sobre el matrimonio” (FS, 31), dejando claro que el matrimonio es la unión estable del varón y la mujer bendecida por el Sacramento.
Este documento daña la comunión de la Iglesia, pues tales bendiciones contradicen directa y seriamente la Divina Revelación y la doctrina y práctica ininterrumpida de la Iglesia Católica, incluido el magisterio reciente del papa Francisco, por eso no hay citas en toda la Declaración que se apoyen en el magisterio anterior. En su Responsum de 2021, nos decía la Congregación para la Doctrina de la Fe, con la rúbrica del Santo Padre que “La Iglesia no dispone, ni puede disponer, del poder para bendecir uniones de personas del mismo sexo“.
Bendecir a las parejas en una situación irregular y a las parejas del mismo sexo es un abuso grave del Santísimo Nombre de Dios, que se invoca sobre una unión objetivamente pecaminosa de fornicación, adulterio, o aún peor de actividad homosexual. Además, en el último caso hay que recalcar que “los actos homosexuales son desordenados y, sobre todo, contrarios a la ley natural” (Catecismo de la Iglesia Católica n. 2357). Dios no bendice nunca el pecado. Dios no se contradice. Dios no nos miente. Dios, que siempre ama incondicionalmente al pecador, por eso mismo, busca que se arrepienta, se convierta y viva. Dios desea para todos nosotros el bien.
La presente Declaración distingue entre bendiciones litúrgicas y bendiciones pastorales y permite bendecir parejas, pero no uniones, con “bendiciones pastorales”. Esta distinción nos deja perplejos y confusos, pues el acto de bendición, ya sea realizado en una asamblea litúrgica o en privado, impartida por un ministro, sigue siendo una bendición, de idéntica naturaleza. Bendecir una pareja es bendecir la unión que existe entre ambos, no hay modo lógico, real, de separar una cosa de otra. ¿Por qué, si no, pedirían una bendición juntos y no dos por separado?
El problema de fondo es mucho más grave, y es que no pocos hermanos en el episcopado y sacerdotes, contraviniendo la moral objetiva de la Sagrada Escritura y de la Sagrada Tradición, llevan mucho tiempo confundiendo al pueblo de Dios con la bendición indiscriminada de estas uniones objetivamente desordenadas y por lo tanto pecaminosas, incurriendo en horrendo sacrilegio.
Ante la falta de claridad del documento, debemos seguir la praxis ininterrumpida de la Iglesia hasta la fecha, que es bendecir a toda persona que pida una bendición, y no a las parejas del mismo sexo o en situación irregular. Evitaremos todo escándalo, confusión, inducción al pecado y a la vez seguiremos mostrando la misericordia que la Iglesia siempre ha manifestado a todo pecador que se le acerca, sobre todo, ofreciéndole la conversión, el perdón, la vida de la Gracia y la Vida Eterna. La Iglesia bendice a los pecadores, pero nunca su pecado ni su relación pecaminosa. Nuestra caridad pastoral hacia quienes están en situaciones de pecado nos obliga a llamarles a la conversión. Todo pecador sinceramente arrepentido con la firme intención de dejar de pecar y poner fin a su situación pública de pecado (como, por ejemplo, la convivencia fuera de un matrimonio canónicamente válido o la unión entre personas del mismo sexo), puede recibir una bendición e incluso mejor, la absolución sacramental y la Sagrada Comunión.
Queridos sacerdotes y fieles laicos no minimicemos las consecuencias destructivas y de corto alcance, resultantes de este esfuerzo hecho por algunos jerarcas de la Iglesia por legitimar tales bendiciones, en algunos casos con buena intención y en otros, como vienen manifestando no pocos, con la intención de destruir el Sagrado Depósito de la Tradición de la Iglesia.
El día de mi ordenación episcopal juré solemnemente “preservar el depósito de la fe en la pureza y la integridad, de acuerdo con la Tradición siempre y en todas partes observada en la Iglesia desde la época de los Apóstoles”. Por eso, amonesto a los sacerdotes de la Prelatura de Moyobamba a no realizar ninguna forma de bendición de parejas en situación irregular ni a parejas del mismo sexo.
Puesto que Dios no quiere la muerte del pecador, sino su conversión a la vida eterna, recomiendo y exhorto cordial y paternalmente a aquellas personas que sienten atracción hacia el mismo sexo o viven en unión homosexual o irregular que se acerquen a Cristo mediante la oración, la escucha de la Palabra, el ayuno, la penitencia y el auxilio de la Virgen María con miras a su conversión y aprovechar la oportunidad de conversión que Dios les brinda para una vida más feliz y la consecución de la vida eterna.
Así mismo, exhorto a los sacerdotes y fieles de la Prelatura a seguir cultivando su filial unión al actual Pontífice de la Santa Iglesia de Dios el Papa Francisco, a los que le precedieron y a los que vendrán. Esta comunión es la que me mueve a suscribir estas letras.
Con mi afecto y bendición.
Moyobamba, 2 de enero de 2024,
Memoria de los Santos Obispos y Doctores S. Basilio y S. Gregorio Magno.
A continuación, la Carta Pastoral completa:
24.01.02-Mensaje-del-Ob.-de-Moyobamba-sobre-Fiducia-Supplicans